6 de marzo de 2009

Aprobación del "Estatuto del Voluntariado Social"

El Consejo de Gobierno aprobó un decreto mediante el que se aprueba el Estatuto del Voluntariado Social, en desarrollo de la Ley 1/1998, de 5 de febrero, mediante la que se regula esta actividad en Extremadura.El decreto aprobado hoy tiene como fin regular las relaciones entre las personas voluntarias y las entidades de voluntariado social respecto a los derechos y deberes que les asisten, así como la implicación de las Administraciones Públicas para el fomento y coordinación del voluntariado social en Extremadura.
El decreto delimita los conceptos de voluntario/a y de entidades de voluntariado frente a otras realidades cercanas pero que no se pueden incluir en las figuras reguladas por esta norma, además de enumerar las actividades susceptibles de ser entendidas como propias de voluntariado y los campos en los que pueden desenvolverse. Asimismo, y en desarrollo de la citada Ley, el decreto establece los derechos y deberes de los voluntarios y de las entidades de voluntariado, que constituyen el núcleo principal de este Estatuto. Además, el decreto regula la organización y el funcionamiento del Registro Central de Entidades de Voluntariado, de ámbito autonómico y carácter público, en el que se inscribirán las entidades que reúnan los requisitos establecidos en la Ley 1/1998, de 5 de febrero, de Voluntariado Social en Extremadura, y en el decreto aprobado hoy.Por último, establece la creación del Consejo Extremeño del Voluntariado, como órgano de participación y consulta de la Administración autonómica en la materia.

Decreto sobre criterios comunes a los programas de fomento del empleo.

El Ejecutivo aprobó un decreto mediante el que se establecen criterios comunes en relación con el cumplimiento de las obligaciones impuestas en los programas de subvenciones para fomento del empleo estable en el ámbito de la comunidad autónoma de Extremadura.La actual coyuntura ha afectado a todos los sectores económicos, especialmente la construcción y a los servicios, e impide a algunas empresas afrontar las exigencias derivadas de su actividad económica, especialmente en lo que se refiere al mantenimiento del empleo y, con ello, al cumplimiento de los compromisos adquiridos con la Administración por la concesión de subvenciones destinadas a este fin.Ante esta situación, se considera oportuno establecer una serie de criterios comunes a los distintos programas de subvenciones de fomento del empleo, que actualmente gestiona la Consejería de Igualdad y Empleo a través del Servicio Extremeño Público de Empleo, con el fin de facilitar a las beneficiarias el cumplimiento de las obligaciones derivadas de la concesión de dichas subvenciones.Con ello se pretende compatibilizar la salvaguarda de los intereses públicos, en lo que se refiere a la consecución de la finalidad de las ayudas y la gestión de los recursos, con la viabilidad de las empresas, principal fuente de creación de empleo en nuestra Comunidad Autónoma.

Texto obtenido de http://www.juntaaldia.es/

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